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LA JUSTICIA EUROPEA DECLARA ABUSIVOS LOS CONTRATOS DE PRÉSTAMOS REFERENCIADOS AL IRPH El IRPH alude al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, que es un índice de referencia alternativo al más habitual Euribor en los contratos de préstamo. Tradicionalmente se ha discutido este Índice porque siempre ha resultado más oneroso que el interés referenciado al euribor, pero nuestro Tribunal Supremo estableció su legalidad al considerar la imposibilidad de declarar abusivo un índice referenciado a un tipo oficial publicado por el Banco de España. Efectivamente, el Banco de España en su Circular 5/1994 introdujo un Anexo a la Circular 8/1990 para referenciar este nuevo Índice. En la propia Circular el Banco de España advertía que el IRPH hacia alusión a la TAE, y aquí el lector no instruido comenzará a perder el hilo, así que hacemos un paréntesis para explicarlo. Cuando hablamos de TAE hacemos referencia a la Tasa Anual Equivalente, que trata de referenciar cual es el coste real de una